
04 ott 2024
La determinación de la residencia fiscal para empresas extranjeras sigue siendo un tema complejo,especialmente para grupos multinacionales con subsidiarias en el extranjero.
Los desarrollos legales recientes,incluyendo la enmienda del Artículo 73,párrafo 3 del TUIR por el Decreto Legislativo 209/23,buscan aclarar estos asuntos.
Dos fallos judiciales significativos destacan la distinción entre operaciones comerciales legítimas y evasión fiscal.
El fallo de CGT Lombardia enfatizó la naturaleza orientada al negocio de una subsidiaria francesa,mientras que el fallo de Casación reafirmó que la mera dirección y coordinación por parte de una empresa matriz italiana no constituyen residencia fiscal en Italia.
Estas decisiones subrayan la importancia de actividades comerciales genuinas y la independencia de las subsidiarias extranjeras.

Descripción General de los Desafíos de la Residencia Fiscal
Determinar la residencia fiscal de empresas extranjeras es un tema matizado,particularmente para grupos multinacionales con subsidiarias en el extranjero. Las autoridades fiscales italianas a menudo examinan estos arreglos,sospechando que la residencia fiscal real podría estar en Italia. La reciente enmienda al Artículo 73,párrafo 3 del TUIR por el Decreto Legislativo 209/23 busca abordar estos desafíos proporcionando directrices más claras.Fallos Judiciales Clave
Dos decisiones judiciales recientes proporcionan información sobre la aplicación de estas reglas. El fallo de CGT Lombardia del 27 de julio de 2023,involucró a una empresa matriz italiana en la industria ganadera y su subsidiaria francesa. Las autoridades italianas inicialmente cuestionaron la residencia fiscal de la subsidiaria,sospechando que era una mera extensión de la matriz italiana. Sin embargo,el tribunal determinó que la subsidiaria francesa operaba de manera independiente,con su propia gestión y actividades comerciales,por lo que no constituía evasión fiscal. En contraste,el fallo de Casación del 19 de julio de 2024,trató sobre una subsidiaria rumana de una empresa italiana. El tribunal sostuvo la opinión de las autoridades fiscales de que la subsidiaria era efectivamente gestionada desde Italia,basándose en los criterios previos a la enmienda del Artículo 73,que se centraban en el lugar de administración. Este fallo enfatizó que la residencia fiscal no se determina automáticamente por la ubicación de la dirección y coordinación a menos que la empresa matriz actúe como el gestor de facto.Implicaciones de los Fallos
Ambos fallos destacan el principio de que las subsidiarias extranjeras genuinamente involucradas en actividades comerciales locales y sujetas a supervisión normal por parte de sus empresas matrices no se consideran residentes fiscales en Italia. Este principio sigue siendo válido incluso después de los cambios legislativos introducidos por el Decreto Legislativo 209/23,como lo confirma la orientación reciente de Assonime.Aspectos Críticos y Problemas Potenciales
- La distinción entre operaciones comerciales legítimas y evasión fiscal sigue siendo compleja.
- El papel de la dirección y coordinación en la determinación de la residencia fiscal necesita una evaluación cuidadosa.
Errores Comunes y Fallos
- Asumir que la mera supervisión por parte de una empresa matriz constituye residencia fiscal.
- No documentar las operaciones independientes de las subsidiarias extranjeras.
Sugerencias y Directrices Útiles
- Asegurar una documentación clara de las actividades comerciales independientes de las subsidiarias extranjeras.
- Revisar y actualizar regularmente el cumplimiento con las leyes fiscales locales y las directrices internacionales.